La Secretaría de Minería decidió prorrogar el plazo para la presentación de las Declaraciones Juradas, correspondientes al ejercicio 2021, que contempla la Ley de Inversiones Mineras. Dicha extensión de plazos entrará en vigor una vez vencido el plazo original.
El organismo dependiente resolvió prorrogar “por 60 días corridos el plazo para la presentación de las Declaraciones Juradas respecto de los Artículos 8º, 12, 13, 18 y 23 de la Ley N°24.196 de Inversiones Mineras, correspondientes al Ejercicio 2021”, según se detalla en el artículo primero de la Resolución 46/2022 publicada hoy en el Boletín Oficial de la Nación (BONA).
El segundo artículo de la resolución firmada por la Secretaria de Minería María Fernanda Ávila aclara que “la prórroga autorizada rige a partir del vencimiento del plazo original establecido por el Artículo 9º del Anexo de la Resolución N°30 de fecha 27 de diciembre de 2018 de la ex SECRETARÍA DE POLÍTICA MINERA del ex MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO y conforme el calendario de vencimientos fijado para el año 2022 por la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMÍA, para la presentación de la Declaración Jurada del Impuesto a las Ganancias.